Durante la última semana de noviembre de 2013, el Concejo de la Ciudad de Santa Fe aprobó una ordenanza por la cual la ciudad adhiere a la Ley Provincial Nº 12.432. La normativa prohíbe expresamente el consumo de cigarrillos en edificios, oficinas y dependencias municipales en la ciudad; lugares cerrados de acceso público (bares, restaurantes, comercios, etc.); medios de transporte público (taxis, colectivos); museos, bibliotecas y jardines maternales municipales. En todos los sitios, deberán colocarse carteles donde se informe sobre la prohibición vigente. Se prohíbe también la venta, expendio, distribución o suministro de productos elaborados con tabaco en todos los edificios y reparticiones públicas en el ámbito de la ciudad; la venta de cigarrillos a menores de 18 años. Además, queda prohibida la publicidad en la vía pública cuyo fin sea la difusión, promoción, incitación al consumo de productos elaborados con tabaco.
La norma estipula multas económicas para quienes vendan, distribuyan, suministren o hagan publicidad del consumo de tabaco en contravención con la normativa vigente. Los dueños de esos sitios públicos que no respeten la norma sancionada, podrán recibir multas de entre 1.400 y casi 3 mil pesos. Para los empleados municipales que contravengan la norma —fumen en dependencias públicas— podrán pesar sanciones administrativas. Los montos de las multas van de 150 UF (mínima) hasta 300 UF (máxima). ¿Qué es la UF? Una ecuación económica que ajusta automáticamente el costo de los combustibles al valor de las infracciones. Se establece con un promedio de los precios del litro de nafta súper, de nafta premium y de diésel premium (del ACA). La UF según los precios actualizados es hoy de 9,26 pesos. Entonces, 150 UF representan 1.389 pesos, y 300 UF representan 2.778 pesos.
Para quien sea sancionado, el monto económico final entre la mínima y la máxima de la multa lo determinará el juez de Faltas, en base a un criterio de repetición y reincidencia de la infracción. La primera multa será de mínima; si se repite la infracción, el monto de la segunda multa será mayor.
A la par de las sanciones económicas, el municipio deberá realizar campañas públicas de concientización sobre los terribles efectos nocivos del cigarrillo, que ocasiona cada año la muerte de casi 6 millones de personas en el mundo, y de 600 mil fumadores pasivos que respiran el humo ajeno, según la Organización Mundial de la Salud (OMS).